Facturación electrónica en Panamá: quién está obligado y cómo empezar
Qué es, a quién le toca ya, qué es un PAC, qué es el CUFE y cuánto cuesta. Con las reglas vigentes desde el 1 de enero de 2026 y sus fuentes.
Actualizado: 4 de octubre de 2026 · Fuentes: DGI, Ley 256/2021, Decreto 766/2020, Resolución 201-6299/2025
¿Qué es la facturación electrónica en Panamá?
Es el sistema de la DGI (SFEP) en el que cada factura se emite como documento electrónico, se valida en el momento y recibe un código único (CUFE). Sustituye a la impresora fiscal.
La Ley 256 de 26 de noviembre de 2021 hizo obligatoria la factura (o documento equivalente) en toda transferencia de bienes y servicios y formalizó el Sistema de Facturación Electrónica de Panamá (SFEP) como el método. Desde entonces la DGI lo ha ido haciendo obligatorio por grupos. La factura ya no es un papel que imprimes: es un documento que la DGI o un proveedor autorizado valida antes de que llegue a tu cliente, normalmente por correo y en PDF con su código.
Fuente: Ley 256 de 26 de noviembre de 2021; DGI, «¿Cómo ser emisor de factura electrónica?» (dgi.mef.gob.pa).
¿Quién está obligado a facturar electrónicamente?
Hoy, casi todo negocio nuevo y la mayoría de los existentes: los nuevos RUC, los proveedores del Estado, quienes tenían excepción de equipo fiscal, y desde 2026 cualquiera que supere los límites del facturador gratuito.
- Desde 2022: los nuevos RUC emiten factura electrónica desde el inicio.
- 31 de octubre de 2022: los proveedores del Estado usan el SFEP como método exclusivo (Resolución 201-5215 de 19 de julio de 2022).
- 1 de marzo de 2024: vencen los certificados de excepción de equipo fiscal; quienes los tenían —profesionales y prestadores de servicios— migran al SFEP (Resolución 201-0418 de 18 de enero de 2024).
- 1 de enero de 2026: la Resolución 201-6299 limita el facturador gratuito a quienes cumplan las dos condiciones: ingresos brutos anuales hasta B/. 36,000 y hasta 100 documentos al mes. Quien supere cualquiera de las dos debe contratar un PAC.
Si todavía usas impresora fiscal y no estás en ninguno de esos grupos, revisa con tu contador cuándo te toca: la tendencia es una sola, hacia todos.
Fuentes: Ley 256/2021; Resolución DGI 201-5215 de 19-jul-2022; Resolución DGI 201-0418 de 18-ene-2024; Resolución DGI 201-6299 de 29-jul-2025 (vigente 1-ene-2026).
¿Me toca el facturador gratuito o un PAC?
Calculadora: ¿facturador gratuito o PAC?
Dos preguntas, sin registro y sin enviar nada. La regla de 2026 exige cumplir las dos condiciones para seguir en el gratuito.
¿Qué es un PAC?
Un Proveedor de Autorización Calificado: una empresa autorizada por la DGI que recibe tu factura, la valida y le asigna el CUFE. Tu sistema de facturación se conecta a uno.
El Decreto Ejecutivo 766 de 29 de diciembre de 2020 creó la figura. Tú no hablas con la DGI directamente: tu sistema envía la factura al PAC, el PAC la autoriza en segundos y devuelve el documento con su código. Por eso un software de gestión necesita «conectarse a un PAC» para emitir.
| Facturador gratuito de la DGI | PAC | |
|---|---|---|
| Quién puede | Hasta B/. 36,000 al año y hasta 100 documentos al mes | Cualquiera; obligatorio si superas un límite |
| Cómo se emite | A mano, en el portal de la DGI, factura por factura | Desde tu sistema (ventas, punto de venta, cotizaciones) |
| Costo | Gratis | Lo cobra el PAC, por documento o por paquete |
| Firma electrónica | No requiere certificado propio | Requiere certificado de firma electrónica |
Fuente: Decreto Ejecutivo 766 de 29 de diciembre de 2020; DGI, lista oficial de PAC (dgi-fep.mef.gob.pa).
¿Qué es el CUFE?
El Código Único de Factura Electrónica: un código irrepetible que identifica cada documento del SFEP. No lo generas tú; lo asigna el facturador gratuito o tu PAC cuando la factura es válida.
Si una factura no tiene CUFE, no existe para la DGI. Cualquiera puede consultar un CUFE en el portal de la DGI para confirmar que la factura es real: es la forma de verificar una factura de proveedor antes de pagarla.
¿Cómo empiezo? Los 5 pasos
- Decide la modalidad con la calculadora de arriba: facturador gratuito o PAC.
- Regístrate en el SFEP ante la DGI con la declaración jurada de adopción, en eTax 2.0, indicando la modalidad.
- Si vas por PAC: obtén un certificado de firma electrónica de un prestador de servicios de certificación registrado en la Dirección Nacional de Firma Electrónica del Registro Público de Panamá, y contrata al menos un PAC de la lista oficial.
- Actualiza tu RUC en eTax 2.0 con el nuevo método de facturación.
- Conecta tu sistema al PAC y emite una factura de prueba antes de la primera real.
Fuentes: DGI, «¿Cómo ser emisor de factura electrónica?»; Decreto Ejecutivo 766/2020.
¿Cuánto cuesta facturar electrónicamente?
El facturador de la DGI es gratis. Con un PAC pagas al proveedor por documento o por paquete, más el certificado de firma; el software que usas para vender puede o no incluirlo.
Pide al PAC su tarifa por documento y cuántos incluye el paquete base; compáralo contra los documentos que emites al mes, el número que ya pusiste en la calculadora.
¿Qué pasa si me equivoco en una factura?
Una factura electrónica no se edita. Dentro del plazo que fija la Ficha Técnica de la DGI se anula —avisando al comprador y al PAC—; pasado ese plazo, se corrige con una nota de crédito o de débito electrónica.
Por eso importa que la factura salga de la venta ya cerrada, y no antes.
Fuente: Decreto Ejecutivo 766/2020; Ficha Técnica del SFEP (DGI).
En Tadpole, la factura electrónica sale de la misma venta —mostrador, mesa o cotización— con RUC, DV, ITBMS y CUFE, a través de un PAC autorizado. Puedes anularla dentro del plazo, enviarla por correo y consultar cualquier CUFE desde el sistema.
Ver cómo factura TadpolePreguntas frecuentes
¿Puedo seguir usando impresora fiscal?
Solo si todavía no estás en un grupo obligado. Desde 2022 los nuevos RUC facturan electrónicamente desde el inicio, los proveedores del Estado desde octubre de 2022 y quienes tenían certificado de excepción de equipo fiscal desde marzo de 2024.
¿Qué es la DGI?
La Dirección General de Ingresos del Ministerio de Economía y Finanzas, la autoridad tributaria de Panamá. Administra el Sistema de Facturación Electrónica (SFEP).
¿Cuál es la tasa de ITBMS?
7% general; 10% para bebidas alcohólicas y hospedaje; 15% para tabaco y derivados (artículo 1057-V del Código Fiscal). Medicinas, alimentos básicos, servicios médicos y educativos, transporte público, agua y electricidad residencial están exentos. Confirma tu caso con tu contador.
¿Hay multas por no facturar electrónicamente?
Sí. La Ley 256 de 2021 fija multas de B/. 500 a 1,000 por faltas leves, de B/. 5,000 a 10,000 por faltas graves y de B/. 10,000 a 25,000 más cierre temporal en reincidencia, por no facturar como manda la ley. Además, el comprador pierde el crédito de ITBMS de esa compra.
¿Cómo verifico que una factura de proveedor es real?
Consulta su CUFE en el portal de la DGI. Si no aparece, la factura no fue autorizada.
Fuentes: DGI – Normativa y bases legales FE (dgi.mef.gob.pa) · Ley 256 de 26-nov-2021 · Decreto Ejecutivo 766 de 29-dic-2020 · Resoluciones DGI 201-5215/2022, 201-0418/2024, 201-6299/2025 · Código Fiscal art. 1057-V. Revisado el 3 de octubre de 2026. Esta guía informa; no sustituye a tu contador.